La Subsecretaría de Transporte de la provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, prorrogó por el término de 210 días corridos, contados a partir de la fecha de caducidad correspondiente, los vencimientos de las Licencias de Conducir que hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 15 de septiembre del presente año.

A causa de la emergencia sanitaria que atraviesa un sector de la Provincia de Buenos Aires, el organismo instó a los municipios pertenecientes al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) a suspender de manera preventiva, y con carácter excepcional, la atención al público y el otorgamiento de Licencias de Conducir hasta el día 30 de agosto de 2020 inclusive.

Por otra parte, tal como informaron desde el área de Comunicación Pública de la Gobernación bonaerense, aquellos Centros Emisores de Licencias que se encuentren ubicados en distritos que no sean considerados de riesgo por las autoridades sanitarias correspondientes, deberán continuar articulando el reinicio de actividades junto a la Dirección de Licencias y Antecedentes de Tránsito, que se encuentra bajo la órbita de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.

Mientras tanto, las y los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires pueden realizar consultas y evacuar dudas a través de los canales virtuales dispuestos por el organismo provincial. “Los usuarios tienen a disposición cuatro líneas de Whatsapp para comunicarse con el área de Licencias y entablar un vínculo directo sin poner en riesgo la salud de los interesados y el personal. Esta vía está disponible de lunes a viernes de 9 a 14 horas”, señalaron.

En lo que respecta a nuestra ciudad, no se realizará atención general al público en la dependencia ubicada en la Estación de Trenes, sino que se continuará trabajando exclusivamente con turno previo, que se puede obtener llamando al 43-5704.

Renovación de Licencias

En tanto, desde Provincia indicaron que aquellos titulares de Licencias de Conducir que hayan vencido entre el 20 de diciembre de 2019 y el 15 de febrero de 2020, que actualmente no pueden circular, pueden proceder a renovar el trámite como lo establece el decreto reglamentario Nº 532/09.

Por esto, “todo aquel que no haya realizado la renovación correspondiente podrá regularizar la situación en aquellos centros que se encuentren autorizados y operativos”, completaron.