El Senado de la Nación Argentina convirtió este miércoles en ley la legalización del aborto, en una histórica sesión en la cual también se sancionó el Plan de los 1000 días de cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia.
La aprobación de la legalización del aborto (mediante el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo) hasta la semana 14 de gestación, se impuso por 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención tras una sesión que comenzó el martes y se extendió durante 12 horas.
De esta manera, la Cámara que frenó hace dos años la misma iniciativa, logró esta vez “darle luz verde a una ley que prioriza el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo por sobre las objeciones basadas en los preceptos constitucionales de defensa de la vida desde la concepción”, recordó Télam.
Tras la sanción de la norma sobre el aborto, el Senado aprobó por unanimidad el proyecto de Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, conocido también como el Plan de los 1.000 días.
“La nueva ley de aborto, llevada al Congreso por el Gobierno de Alberto Fernández en línea con una de sus promesas de campaña, deja atrás una legislación de 99 años que castigaba con cuatro años de cárcel a las mujeres que abortaban y sólo permitía la interrupción de los embarazos en casos de violación o de peligro de vida para la persona gestante”, detalló la agencia de noticias.
Y añadió que ahora las mujeres podrán interrumpir un embarazo sin temor de ir a prisión hasta la semana 14 y el sistema de salud público deberá garantizar la cobertura de la intervención de manera gratuita.
Principales puntos de la Ley
– Se consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
– La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos
– El aborto se permitirá hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional.
– Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
– En el caso de menores de 13 años se requiere un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal.
– Para adolescentes de entre 13 y 16 años, deberá tener un acompañante o “referente afectivo”.
– Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.
– Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
– El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia.
– En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.
– El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente.
– Se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto.
– En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.
Foto y fuente: Télam