A través de una publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional habilita a no concurrir en forma presencial al puesto de trabajo a las personas que resulten indispensables en el hogar en el marco del inicio del ciclo lectivo 2021, que combinará clases presenciales con virtuales.

“Dispónese que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente”, señala la Resolución 60/2021 que lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

La medida regirá en los siguientes casos: “Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo, así como los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente”.

“La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora” y “deberá completar una declaración jurada”, añade el texto oficial.

Además, tal como consignó la agencia de noticias Télam, la declaración jurada deberá contener “los datos del niño, niña o adolescente, el grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo; el régimen de presencialidad dispuesto en esa institución y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo”.

Asimismo, podrá acogerse a esta justificación “solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar”.

Moroni explicó que “la pandemia de coronavirus complicó todo” y remarcó que la medida renovó “la justificación de la inasistencia, aunque con la diferencia que las provincias tendrán sus propias modalidades”.

“Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control”, afirmó.

En tanto, añadió que “no se solicitará ninguna certificación especial o que la expida el colegio, porque es el principio de buena fe el que rige todo acuerdo entre las partes”. Y concluyó que el Ministerio de Trabajo solo solicitará “una declaración”.