Este sábado se publicó en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires la Resolución 1208/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, por la cual el Gobierno bonaerense adopta las medidas dispuestas por el Gobierno nacional para enfrentar el incremento de casos en el marco de la segunda ola de la pandemia de Covid-19.

La resolución, asimismo, actualiza el sistema de fases en el que están incluidos los municipios bonaerenses de acuerdo al riesgo epidemiológico y sanitario que presentan, situándolos en Fase 5, Fase 4, Fase 3 o Fase 2, según sea el caso.

La norma publicada también establece medidas de cuidado, habilitaciones y excepciones para diversas actividades, horarios de circulación y detalles referidos tanto a los servicios considerados esenciales como a las actividades no esenciales, entre otros aspectos.

En Luján, que se encuentra en Fase 2, son 114 las actividades permitidas y 20 las que están prohibidas. Enterate cuáles son ingresando al texto de la resolución, que detalla en el Anexo I el Cuadro de Actividades y en el Anexo II el Listado de Municipios con sus fases.

En resumen, las nuevas restricciones básicas que ya rigen hasta el 30 de abril, fundamentalmente en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), son las siguientes:

– Está prohibida la circulación nocturna entre las 20 y las 6.

– Quedan suspendidas las actividades recreativas, sociales, culturales, deportivas y religiosas en lugares cerrados.

– Las actividades al aire libre solo hasta 10 personas

– Las actividades comerciales cerrarán a las 19.

– Las actividades gastronómicas funcionarán en modalidad de entrega a domicilio luego de las 19.

Por su parte, desde est lunes 19 y hasta el viernes 30 de abril se suspenderán las clases presenciales y se retomará la modalidad virtual en los tres niveles educativos: Nivel Inicial, Primaria y Secundaria.