La sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/2023 que introduce la modificación de la ley 17.565, titulado “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”, publicado el 20 de diciembre de 2023, continúa generando rechazo en diversos sectores. Y la política es uno de ellos.

En este sentido, los concejales que integran el bloque de concejales de Unión por la Patria presentaron un proyecto de resolución que rechaza el Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el Presidente Javier Milei y brinda su apoyo a los farmacéuticos.

En el Artículo 1° de la resolución expresan su “más enérgico rechazo al Decreto Presidencial y, específicamente, el Capítulo IX por considerar que implica un claro avasallamiento de los derechos fundamentales del ejercicio de la profesión farmacéutica y de las y los lujanenses que requieren una dispensación adecuada y responsable de los medicamentos”.

A su vez, a través de la Presidencia del Cuerpo piden que se remitan copias de la resolución al Congreso de la Nación, “al que se lo exhorta a que, en función de lo dispuesto en el art. 29 de la Carta Magna y en lo inmediato, proceda a rechazar el DNU de mención e invite a los cuerpos legislativos de todo el país a pronunciarse en el mismo sentido y tenor que la presente declaración”.

Por su parte, solicitan que se envíen copias de la resolución a los 135 concejos deliberantes de la provincia de Buenos Aires.

Entre los considerandos, los ediles apuntan contra el Capítulo IX del decreto, “donde elimina la exigencia de que los medicamentos denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, solo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas”.

“También deja afuera el texto que especificaba que los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio”.

A su vez, sostienen que “la medida dictada por el Gobierno deja sin efecto lo que establecía la ley, que determinaba que “la venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y, sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal. Y también lleva al fin de las farmacias que están en los barrios más alejados, en los pueblos, beneficiando a las cadenas que se concentran en los grandes centros urbanos”.

“La sanción del DNU descrito, únicamente trae retroceso en las farmacias argentinas, solo busca generar una orientación netamente comercial donde mercantiliza al medicamento como un bien de consumo, solo favorece el desarrollo de grandes cadenas de farmacias, sociedades anónimas comerciales, no orienta a la farmacia con una finalidad sanitaria y pretende sacar al farmacéutico de las farmacias, pretendiendo que nuestros ciudadanos compren medicamentos como caramelos o cigarrillos en kioscos, almacenes, estaciones de servicio o en cualquier lugar sin asesoramiento, sin control de calidad del almacenamiento, todo ello por supuesto contra una ley del Congreso aprobada legítimamente en el año 2009 que impide que los medicamentos se ofrezcan fuera de las farmacias”, remarcan.

Y añaden: “Lo único que va a suceder es poner en extrema vulnerabilidad la salud de las y los lujanenses, quitando controles sanitarios sobre los medicamentos ya que como se ha mencionado previamente si hay desvíos en la calidad, problemas de fabricación, adulteración o falsificación, no va a haber forma de detectarlo oportunamente ni de retirar esos productos del mercado”.

En tanto, consideran “importante destacar que las y los farmacéuticos son imprescindibles, sobre todo hoy, en un contexto de crisis del sistema sanitario, cada vez con mayor demanda de atención. Son ellos quienes brindan servicios fundamentales como el control de la presión, aplicación de vacunas, de inyectables, curaciones, manejo de la medicación”.

Y por último, recuerdan que “a las farmacias ya no se les requerirá un régimen especial de turnos con horarios de atención (como por ejemplo, los horarios de madrugadas y domingos), sino que dispondrán horarios según la conveniencia de cada farmacia, violando el espíritu de la Reforma de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires del año 1994, en donde los medicamentos se empezaron a considerar bienes sociales, perjudicando así a los ciudadanos y ciudadanas ante casos de emergencia”.