Los intendentes tampoco podrán incluir en la factura del gas natural tasas municipales. Sucede que el gobierno nacional dispuso que las distribuidoras de gas “deberán abstenerse de incorporar en la facturación cualquier concepto”, salvo que cumplan una serie de requisitos.
La normativa, firmada por el titular del ENARGAS, Carlos Casares, explica que “el sistema gasífero no puede convertirse en una vía de financiamiento tangencial de los municipios o provincias”.
Tal como ya lo había hecho con la energía eléctrica, el Gobierno nacional extendió la prohibición para que los municipios incluyan en las facturas de servicios impuestos y percepciones locales. Ahora se sumó el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) que dejó sin efecto una resolución que lo habilitaba.
Según informó Ámbito Financiero, la puja entre la Nación, que encabezó el ministro de Economía Luis Caputo y los intendentes, viene escalando desde hace semanas, cuando el funcionario advirtió con prohibir el cobro de tasas que los municipios utilizan para mantener sus arcas en pie, y lo oficializó con la resolución 2024-267, reforzada ahora por la nueva norma.
En ese marco, a través de la Resolución 625/24 se anuló una norma de 2018 que regulaba los códigos de facturación del gas. Ahora, las distribuidoras de gas “deberán abstenerse de incorporar en la facturación cualquier concepto” salvo que cumplan una serie de requisitos.
De esta manera, las provincias y los municipios de todo el país ya no podrán incluir sus propios impuestos en las facturas del gas ni de la luz. La única excepción será en aquellos casos en que dicho tributo guarde alguna relación directa con el servicio público en cuestión.